Mediante Resolución Administrativa N° 000172-2020-P-CSJLI-PJ, fue aprobado el Lineamiento N° 002-2020 “Lineamiento General para la Gestión del Trabajo Remoto en la Corte Superior de Justicia de Lima”.
La norma declara de prioridad esencial la implementación del trabajo remoto en todas las especialidades jurisdiccionales y áreas administrativas de la Corte Superior de Justicia de Lima. A tal efecto, todos los órganos de apoyo administrativo y los órganos jurisdiccionales dedicarán el esfuerzo y recursos necesarios y disponibles a fin de concretar, en el más breve plazo, la adaptación de la organización y funcionamiento institucionales, para la prestación del servicio de justicia bajo dicha nueva modalidad de trabajo.
Además, dispone que todos los Juzgados y Salas Civiles con Subespecialidad Comercial, Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributaria y de Mercado, y Laborales de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, gestionen los procesos a su cargo que se tramitan como Expediente Judicial Electrónico – EJE, mediante el trabajo remoto a partir de la fecha que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial disponga para la reanudación de las actividades en el Poder Judicial. Las Coordinaciones de Recursos Humanos, de Informática y de Seguridad realizaran las actividades necesarias para la implementación de lo dispuesto en este documento técnico.
Igualmente establece que la Gerencia de Administración Distrital a través de sus unidades orgánicas, elabore y presente en el plazo máximo de siete días, un plan y cronograma de digitalización de expedientes y de implementación del trabajo remoto para las especialidades jurisdiccionales que conocen procesos en expedientes físicos, incluyendo aquellos que aún se tramitan como tales en las subespecialidades referidas en el artículo precedente; para su elevación al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a los efectos de su aprobación.
También dispone que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo presente en el plazo máximo de siete días, lineamientos específicos para la operatividad del trabajo remoto en las diversas especialidades jurisdiccionales, para su elevación al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a los efectos de su aprobación.
Finalmente, pone en conocimiento esta resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Unidad Administrativa y de Finanzas, Unidad de Servicios Judiciales, Coordinación de Recursos Humanos, Coordinación de Seguridad, magistrados, personal y demás interesados, para su conocimiento y fines pertinentes.