Aprueban Digitalización de Expedientes de la Corte Suprema de Justicia de la República e Implementación de Trabajo Remoto ante la Emergencia por COVID-19

Mediante Resolución Administrativa N° 000055-2020-P-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial fue aprobada la “Digitalización de Expedientes de la Corte Suprema de Justicia de la República e Implementación de Trabajo Remoto ante la Emergencia por COVID-19”.

Estas acciones se realizan debido a que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resoluciones Administrativas Nros. 115, 117 y 118-2020-CE-PJ dispuso la suspensión de los plazos procesales y administrativos hasta el 26 de abril de 2020, en concordancia con los Decretos Supremos Nros. 044, 051 y 064-2020-PCM; por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19.

Asimismo, estableció medidas para el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia a nivel nacional.

Además, la medida busca asegurar un trabajo judicial sin interrupciones en la Corte Suprema de Justicia de la República y en el resto de las Cortes Superiores de Justicia nivel nacional, hasta que la situación social y sanitaria del país se normalice; para ello se hace necesario lograr que los procesos judiciales tramitados físicamente, es decir en soporte papel (procesos no-EJE), se digitalicen para su oportuno trabajo virtual. Lo que se aplicará, inicialmente, en la Corte Suprema de Justicia de la República, respecto de aquellos procesos que se encuentran pendientes de calificación del recurso o de realización de vistas de fondo; y seguirá de modo progresivo en el resto del país.

Esta iniciativa fue propuesta en una primera fase por el consejero del Poder Judicial, Héctor Enrique Lama More, en coordinación con la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, que propone la metodología de trabajo denominada “Digitalización de Expedientes de la Corte Suprema de Justicia de la República e Implementación de Trabajo Remoto ante la Emergencia por COVID-19”, que permita la continuidad del trabajo de las Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República, incluyendo las consideraciones y normativas dispuestas, de tal manera que se preserve la salud y seguridad de los trabajadores y magistrados que la conforman, minimizando los riesgos que conlleva su traslado hacia los ambientes y la aglomeración de personal.

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