AFP obligadas a entregar S/ 2 mil por COVID-19

Mediante el Decreto de Urgencia Nº 034-2020, el Poder Ejecutivo autorizó el retiro extraordinario de hasta dos mil soles del Sistema Privado de Pensiones (SPP) para aquellos afiliados que no cuenten con acreditación de aportes previsionales obligatorios en los últimos seis meses consecutivos.

Esta norma publicada hoy en la Edición Extraordinaria del boletín del diario oficial El Peruano busca mitigar los efectos económicos del aislamiento social obligatorio y otras medidas establecidas por el gobierno nacional.

Los afiliados al SPP que cumplan con el requisito antes señalado, pueden presentar su solicitud, ante su Administradora Privada de Fondos de Pensiones (AFP), de manera remota o utilizando para ello los canales establecidos por cada AFP.

La norma establece que las AFP deben poner a disposición del afiliado el pago del monto señalado en el mes de abril, y para el caso de los que cuenten con montos menores a 2 mil soles, las AFP deben poner a disposición del afiliado, el íntegro de dicha cuenta en el mes de abril.

El Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

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