El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó una norma que establece disposiciones para el trabajo remoto de docentes con el fin de asegurar el desarrollo del servicio educativo en condiciones de calidad, equidad y diversidad en instituciones y programas educativos públicos durante la emergencia nacional y el aislamiento social obligatorio por el COVID-19.
La norma, aprobada mediante la Resolución Viceministerial N° 097-2020-MINEDU y publicada en el diario oficial El Peruano, contiene orientaciones para organizar la enseñanza y el aprendizaje a distancia de acuerdo al Currículo Nacional de Educación Básica en el marco de la estrategia “Aprendo en casa”, que implementa el Minedu en coordinación con las DRE y UGEL.
El documento señala que los docentes deben mantener una comunicación constante con los padres de familia o apoderados, dado que ellos deben involucrarse activamente en el acompañamiento a los estudiantes definiendo los horarios y medios de aprendizaje en el hogar, sobre todo en el caso de los primeros ciclos.
Asimismo, deben mantenerse atentos a los programas transmitidos en radio y televisión para elaborar algunas preguntas que podrían realizar a los estudiantes o considerar recomendaciones en caso de una eventual comunicación con ellos y sus familias.
Para el trabajo de los docentes nombrados se mantiene la jornada de 30 horas pedagógicas semanal mensual, y en el caso de los docentes contratados se considera la jornada prevista en su contrato.
Durante la cuarta semana de mayo, los docentes deberán presentar al director de la institución educativa un informe de balance de logros y dificultades del trabajo remoto realizado en los meses de marzo y abril; y a partir de mayo deberán entregar un informe sobre las actividades realizadas, el último día de cada mes.
Los directores de instituciones educativas implementarán un plan de trabajo con actividades pedagógicas para asegurar que los estudiantes continúen con el aprendizaje no presencial siguiendo la estrategia “Aprendo en casa”. Asimismo, consolidarán los informes de los docentes que serán remitidos a las UGEL como sustento para el pago de remuneraciones.
La norma también regula el trabajo remoto de los auxiliares de educación que se desempeñan en los niveles de inicial y secundaria de educación básica regular e inicial y primaria en educación básica especial.