Docentes y administrativos podrán ingresar a colegios privados para facilitar el servicio educativo remoto

Los docentes y el personal administrativo de escuelas privadas que brindan el servicio educativo no presencial durante la emergencia sanitaria podrán ingresar a sus respectivos centros educativos, de maneras excepcional y solo si es estrictamente necesario para desarrollar actividades que aseguren y faciliten la continuidad de las clases a distancia durante el año escolar 2020.

La resolución viceministerial N° 099-2020-MINEDU, publicada en el diario oficial El Peruano, autoriza al personal acreditado de cada institución educativa a ingresar a su centro de labores para realizar tareas que faciliten prestación del servicio educativo, siempre que estas no se puedan realizar de manera remota.

Con esto, los docentes y administrativos podrán utilizar los sistemas de comunicación, plataformas informáticas y tecnologías de la información de la institución educativa que garanticen la conectividad de los docentes a medios virtuales y ayuden en la preparación de las clases escolares a distancia.

Asimismo, por única vez, el personal podrá recoger y trasladar libros, cuadernos de trabajo, guías metodológicas, archivos informáticos y todo el material educativo en general que facilite el cumplimiento del trabajo pedagógico.

Los docentes y directivos también podrán tener acceso al registro de evaluaciones en los sistemas internos de la escuela y podrán realizar el mantenimiento de los medios y plataformas informáticas.

Es importante recalcar que la realización de estas tareas de manera presencial solamente se puede dar en caso sea imposible realizarlas de de modo remoto. La resolución viceministerial señala que bajo ninguna circunstancia instituciones de educación básica quedan facultadas a disponer que el personal docente y administrativo asista de manera obligatoria a los centros educativos.

Los directivos de las direcciones regionales de Educación y las unidades de gestión educativa local de cada jurisdicción serán las encargadas de supervisar y disponer acciones de control que correspondan en el ámbito de sus competencias con el fin de cumplir con la norma, que busca mejorar el servicio educativo mientras dure la emergencia.

Los colegios privados que permitan la realización de las actividades mencionadas, deberán contar con medidas y protocolos internos, que garanticen la protección de la salud e integridad de su personal docente y administrativo, conforme a las disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud, así como otras que disponga el Gobierno, bajo responsabilidad.

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