El presidente de la Confederación Nacional Agraria -CNA, Antolín Huáscar, denunció que los agricultores en diversas partes del país están siendo impedidos de ir a sus chacras, pese a que la la Resolución Ministerial Nº 094-2020 así lo autoriza.
A través de una nota de prensa detalla que en tiempos del coronavirus que afecta al mundo entero,recién se está valorando la importancia del trabajo que realizan cotidianamente las familias campesinas indígenas originarias de la costa, los andes y la amazonía peruana, quienes proveen el 80% de alimentos a la canasta familiar.
Señaló que sin alimentos no podemos enfrentar ninguna epidemia, ni superar la crisis que vendrá. La alimentación es clave para mantener la salud y fortalecer nuestras defensas para no enfermar. La realidad nos vuelve a demostrar que el peso mayor de la seguridad y soberanía alimentaría la cargan las familias agropecuarias, en ausencia de políticas públicas de alcance directo a dichas familias.
Aseveró que a pesar de que el Gobierno dijo que autorizaría la realización de actividades relacionadas con la alimentación desde el inicio de la emergencia sanitaria, recién el 4 de abril el Ministerio de Agricultura publicó la Resolución Ministerial N.° 094-2020-MINAGRI, que “establece disposiciones para asegurar la adquisición, producción y abastecimiento de productos alimenticios con estricto cumplimiento de las normas que regulan el periodo de emergencia a fin de contener la propagación del COVID-19”; norma que, a nivel nacional, comprende a todas las actividades conexas al sector agrario y riego, como son:
Cuidado, mantenimiento y cosecha de cultivos, crianza de animales, ordeños, forestales y actividades agropecuarias diversas.
Riego de los terrenos de producción agrícola, operación y mantenimiento de infraestructura mayor y menor de riego (presas, represas, bocatomas y canales de riego).
Traslado de productos agrícolas, animales vivos para consumo, de sus productos y sub productos a centros de procesamiento, transformación, acopio, almacenaje, distribución y comercialización.
Elaboración y entrega de materiales e insumos agrícolas y pecuarios, transporte, comercialización de semillas y plantas; guanos de isla, plaguicidas, abonos y fertilizantes, comercialización de forraje, alimentos balaceados, productos veterinarios y material genético.
Importación y exportación de productos agropecuarios.
Riego de los terrenos agrícolas y operación y mantenimiento de infraestructura de riego.
“Saludamos la publicación de la Resolución Ministerial N.° 094-2020 , sin embargo, nos preocupa que los miembros de la Policía Nacional y Fuerzas Militares no logren hacer cumplir esta medida, especialmente los días largos de toque de queda. Nuestros hermanos del campo nos indican que se les está impidiendo trabajar en sus chacras, por lo que hacemos un llamado a los ministros del Interior y de Defensa para que informen sobre los alcances de esta resolución y garanticen su cumplimiento. Los agricultores no pueden encerrarse. Así mismo, que resguarden a las comunidades para que el COVID-19 no llegue. Sería una tragedia que se propague en las comunidades”, señaló Antolín Huáscar, presidente de la CNA.
Pidió a los agricultores de las comunidades para que soliciten autorización a la Comisaría más cercana, llevando consigo la acreditación expedida por su Comunidad Campesina o Comunidad Nativa, Junta de Usuarios, Comisión de Usuarios, Dirección Regional Agrario, según formato.
Igualmente, exhortó a las autoridades policiales y militares a que cumplan con lo dispuesto en esta resolución y brinden las facilidades que nuestros agricultores y agricultoras necesitan para seguir abasteciendo de alimentos a nuestro país. Finalmente, invocamos a la Defensoría del Pueblo, el Congreso de la República y los Gobiernos Regionales y Locales para que ayuden a dar fiel cumplimiento a lo dispuesto en esta norma tan importante para nuestras comunidades.